Derecho de la insolvencia

INSOLVENCIA EMPRESARIAL

En los últimos años, hemos desarrollado una parte muy sustancial de nuestro trabajo en el campo de la insolvencia empresarial, con intervención en un elevado número de concursos de acreedores, bien ejercitando la dirección letrada de las empresas concursadas, bien asumiendo el cargo de administradores concursales.

La función de Administración Concursal es desarrollada por medio de la sociedad vinculada “GdP Concursal, S.L.P.”, en la que se integran, como socios o colaboradores, diversos profesionales del área económica y de la auditoría. En los últimos años, hemos sido designados como Administración Concursal en diversos Juzgados de lo Mercantil de Asturias, Madrid y Galicia, en concursos de más de cincuenta sociedades mercantiles.

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Esa amplia experiencia como administradores concursales, en empresas de los más diversos sectores de la actividad, nos proporciona una perspectiva privilegiada a la hora de actuar como letrados de las propias empresas en situación de crisis, en orden a decidir si es o no conveniente acudir a las soluciones concursales, y con qué planteamientos.

Promover el concurso de acreedores de una sociedad puede resultar obligado por imposición legal, en orden a evitar posibles responsabilidades de los administradores; o puede ser una decisión estratégicamente conveniente para tratar de reflotar la empresa, o con el fin de su ordenada liquidación. Pero nunca debería ser solicitado (como ocurre con indeseable frecuencia en la práctica diaria) simplemente porque existe una situación de insolvencia actual, inminente o previsible, sin saber exactamente por qué y para qué se promueve, qué se pretende conseguir y con qué recursos e instrumentos se cuenta para lograr tal finalidad.

El concurso ofrece enormes posibilidades para lograr resultados beneficiosos para la empresa, que en un entorno de legalidad extraconcursal no son siquiera planteables. Pero sólo con un profundo conocimiento de los mecanismos concursales y con una cuidadosa y detallada planificación previa del complejo procedimiento que se inicia cabe esperar resultados positivos. Nosotros sólo concebimos la solución concursal, y asumimos la dirección jurídica del procedimiento, si el detenido estudio previo nos lleva a concluir que constituye la opción más beneficiosa para nuestro cliente, y una vez analizadas y descartadas otras posibilidades, como las que ofrecen la refinanciación o los planes de reestructuración.

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