Con ello se derogará la disposición adicional segunda del real decreto-ley aprobado el 14 de marzo, que suspendió los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales.
Con ello se derogará la disposición adicional segunda del real decreto-ley aprobado el 14 de marzo, que suspendió los plazos previstos en las leyes procesales para todos los órdenes jurisdiccionales.
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